Revés para Milei: la justicia frena por seis meses la disolución de Vialidad Nacional

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Luego que el gobierno de Javier Milei disolviera Vialidad Nacional y otros organismos vinculados al transporte, los trabajadores afectados presentaron una demanda a travs del Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional – Casa Central -Sevina-, por lo tanto, la jueza en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo de San Martn, Martina Forns, suspendi por seis meses cualquier acto administrativo.

La magistrada le orden al Poder Ejecutivo «abstenerse de ejecutar cualquier acto administrativo, que derive del decreto 461/25, incluyendo reubicaciones, traslados, cesantas, suspensiones, pases a disponibilidad de personal o supresin de estructuras vinculadas a la Direccin Nacional de Vialidad».

El vocero presidencial Manuel Adorni anticip por redes sociales que el gobierno de Milei apelar la suspensin del decreto que determina la disolucin de Vialidad Nacional.

El fallo

Tras analizar los argumentos presentados por el sindicato, el fallo de Forns precis que «en esta etapa preliminar del proceso se verifican circunstancias graves y objetivas que permiten justificar el dictado de una medida cautelar de no innovar, a fin de evitar perjuicios irreparables y preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestin de fondo».

En los fundamentos de la resolucin, la magistrada present estos argumentos:

  • Vialidad Nacional es una entidad autrquica de derecho pblico, con personalidad para actuar privada y pblicamente conforme a las disposiciones de su decreto de creacin y a las leyes que dict el Congreso. Adems, la relacin laboral de sus empleados se rige por la Ley de Contrato de Trabajo y por el rgimen de los trabajadores de dicho organismo.

  • Toda disposicin administrativa que altere o desnaturalice tal garanta convencional que rige esta actividad constituye una afectacin directa al principio de irrenunciabilidad de derechos consagrado en el artculo 12 de la Ley de Contrato de Trabajo, siendo nula de nulidad absoluta conforme lo establece el artculo 7 del mismo cuerpo normativo.

  • A esto se agrega que la Constitucin Nacional, como los convenios de la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT) con jerarqua constitucional impiden al Estado, en su rol concurrente de empleador y regulador, alterar de manera unilateral condiciones de trabajo que han sido establecidas por una norma colectiva con plena vigencia.

Una de las aristas del fallo apunt contra el ministro de Desregulacin y Transformacin del Estado Federico Sturzenegger, quien fue el promotor principal de la reestructuracin del organismo vial.

Segn la resolucin de la jueza, el hecho de que todo el movimiento del personal de Vialidad deber ser aprobado por el rea ministerial de Sturzenegger constituye:

«una vulneracin del principio de estabilidad, as como de los derechos laborales y sindicales reconocidos a los trabajadores estatales, al sustraerlos del mbito de proteccin de las Convenciones Colectivas de Trabajo y al interferir arbitrariamente en cuestiones que, por su naturaleza, deben resolverse en el marco de la negociacin colectiva y de los regmenes estatutarios respectivos».

El fallo, que tendr vigencia por un plazo inicial de seis meses, afecta slo a Vialidad Nacional, pero no a los restantes organismos del sector del transporte que quedan afectados por el decreto 461/25, como la CNRT y la Agencia Nacional de Seguridad Vial y otras dependencias.

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