Enfrentemos la reforma laboral: los empleadores se podrían apropiar los fondos de las indemnizaciones

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En medio de las fiestas, el Gobierno busca pasar la reforma laboral que implica un gran robo a los trabajadores, una jugosa transferencia de ingresos a las patronales. Uno de los puntos de ataque son los nuevos Fondos de Asistencia Laboral (FAL).

Estos se financiarán con 3 puntos del salario formal que hoy van al Sistema Previsional de la ANSES. Según estimaciones privadas, tendrá un costo fiscal de 0,5% del PBI, equivalente a más de U$S 3.500 millones.

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Este monto dejaría de nutrir la caja de los jubilados y sería destinado a cubrir las “contingencias laborales”, como las indemnizaciones por despido sin causa del trabajador. Pero además, en numerosos casos podrá ser transferido o quedar en el patrimonio de las propias empresas:

Si el saldo acumulado cubre esas contingencias definidas en la reglamentación, el empleador “podrá solicitar la interrupción o suspensión de la obligación mensual de efectuar el ingreso de las contribuciones” que lo podrá autorizar la Secretaría de Trabajo y el Ministerio de Economía.

Si el empleador no cuenta con trabajadores registrados en un plazo de 6 meses continuos, salvo que denuncie y acredite la existencia de por lo menos un reclamo judicial pendiente de resolución, la cuenta individual quedará extinguida. Y los recursos deberán ser transferidos a una cuenta bancaria de titularidad del empleador en el país.

En caso de cese, disolución, liquidación o quiebra del empleador, la cuenta individual quedará extinguida, y los recursos deberán ser transferidos a una cuenta bancaria de titularidad del empleador en el país, salvo disposición en contrario del juez de la quiebra.

Según el proyecto de reforma laboral presentado por el Gobierno, “cada empleador deberá conformar una cuenta como un patrimonio separado, de afectación específica, independiente, inajenable e inembargable, en uno de los fondos administrados por una de las entidades habilitadas a tal fin por la Comisión Nacional de Valores (CNV), a elección del empleador.”

“Los recursos disponibles en dichas cuentas estarán destinados exclusivamente al cumplimiento de las obligaciones determinadas en el artículo 58 de la presente ley”, dicta el proyecto.

Dicha cuenta en la CNV es del empleador, separada de su patrimonio para afrontar eventuales obligaciones laborales, como preaviso, indemnización, pero en determinados casos, como los ya mencionados, pasan a su patrimonio porque pueden ser transferidos a la cuenta bancaria normal del empleador o suspenden el aporte.

Un espejo de estos fondos son las viajas AFJP. Al igual que aquellas administradoras privadas del ahorro previsional del menemismo, el dinero de los trabajadores va hacia sistemas financieros que lo capitalizan y cobran por gestionarlo. Si el fondo se administra mal, el riesgo lo asumiría el trabajador.

La reforma implica grandes beneficios para las patronales. En este caso, una rebaja de aportes patronales para que puedan despedir libremente o incluso apropiarselos, usando en este caso, el dinero de los próximos jubilados.

El Gobierno cede beneficios a las patronales, con el argumento de que bajar cargas crearía más empleo. Un viejo recurso que se usó durante el menemismo con nefastas consecuencias tanto en materia laboral, con un salto en el desempleo y la precarización, como también en el vaciamiento del sistema previsional dejando como consecuencia la actual crisis del sistema.

Este jueves 18 de diciembre es necesario que seamos miles en las calles para tirar abajo la reforma laboral. La CGT debe cortar la tregua con el Gobierno llamando a un verdadero plan de lucha con un paro general.

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