Finaliza la pensión por viudez: los requisitos necesarios para poder acceder

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Finaliza la pensión por viudez.

La reforma previsional que impulsa el gobierno modifica el acceso a los beneficios de la seguridad social. Desde agosto, la ANSES limita la pensión por viudez a quienes hayan accedido a una jubilación tradicional.

Esto excluye a quienes solo pueden solicitar la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), una prestación que no contempla el derecho a cobrar por fallecimiento del cónyuge.

Qué pasa con la pensión por viudez

La pensión por viudez sigue vigente para quienes están jubilados bajo el régimen contributivo. Para acceder, se exige documentación que acredite el vínculo con la persona fallecida.

  • En el caso de cónyuges, se debe presentar la partida de matrimonio actualizada.
  • Para convivientes, se requiere acreditar al menos cinco años de convivencia, o dos si hay hijos en común.
  • Los hijos también pueden cobrar la pensión si son menores de 18 años, solteros y no perciben otra prestación. En casos de discapacidad, no hay límite de edad.

Lo que cambia con el fin de la moratoria

La moratoria previsional, que permitía regularizar aportes para acceder a la jubilación, tiene fecha de vencimiento: el 23 de marzo de 2025. Quienes no cumplan con los requisitos solo podrán acceder a la PUAM. Esta pensión equivale al 80% de la jubilación mínima y no incluye retroactivos ni pensión por viudez.

Quienes logren jubilarse bajo el régimen tradicional mantienen todos los derechos previsionales, incluyendo el cobro por fallecimiento del cónyuge.

La PUAM y quiénes pueden pedirla

La PUAM está destinada a personas mayores de 65 años que no reúnen los aportes necesarios para jubilarse. Aunque garantiza cobertura médica y acceso a asignaciones familiares, su alcance es más limitado que el de una jubilación tradicional.

Los requisitos para solicitarla

  • Tener 65 años o más.
  • Ser argentino nativo o naturalizado con al menos 10 años de residencia, o extranjero con 20 años de residencia en el país.
  • No cobrar jubilación, pensión ni seguro de desempleo.
  • Tener residencia permanente en Argentina.

Bono extraordinario de ANSES: quiénes pueden cobrarlo

Durante los últimos días de julio, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) dio a conocer una serie de noticias importantes y muy esperadas por los beneficiarios, como el incremento del 1,62% de cada prestación y el cronograma de pagos para agosto. Aunque también anunció un extra de $600.000 para un selecto grupo de grupo de usuarios.

A este bono extra, que se otorga solo durante el octavo mes del año por el momento, pueden acceder aquellos que perciben la Asignación Universal por Hijo (AUH). Sin embargo, para hacerlo deben prestar una serie de documentos importantes y se solicita vía online.

Requisitos para cobrar el bono extraordinario

Titulares de Asignación Universal por Hijo que presenten la Libreta AUH 2025 en tiempo y forma. La libreta acredita controles de salud, vacunación y asistencia escolar y habilita el cobro del 20% retenido. Desde 2025 se puede realizar en línea por mi ANSES (web o app).

El extra es el 20% acumulado que ANSES retuvo durante el año. El monto universal es de $188.069,40, pero aquellas familias que cuenten con hijos discapacitados el monto es mayor. Con los valores vigentes de agosto 2025, las familias recibirían (por única vez) los siguientes montos estimados según composición del hogar:

  • 1 hijo: $612.401 (con discapacidad)
  • 2 hijos: $376.138,80 | $1.224.802
  • 3 hijos: $564.208,20 | $1.837.203
  • 4 hijos: $752.277,60 | $2.449.604
  • 5 hijos: $940.347,00 | $3.062.005
  • 6 hijos: $1.128.416,40 | $3.674.406

Los importes derivan del esquema de retención del 20% anual y de los haberes actualizados de AUH en agosto (con y sin discapacidad).

Cómo presentar la Libreta AUH

  • Entrar al sitio web oficial de ANSES o utilizar la aplicación móvil.
  • Ir a la sección destinada a «Hijos» y luego buscar el apartado «Libreta AUH».
  • Descargar el formulario o pedirlo directamente desde la plataforma.
  • Completar el documento en la escuela o en el centro de salud correspondiente.
  • Subir una imagen del formulario firmado, asegurándose que esté en formato JPG.

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