La Junta Electoral de la Provincia rechazó un planteo contra las candidaturas testimoniales

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La Junta Electoral bonaerense rechazó este jueves un planteo que se había presentado en contra de las candidaturas testimoniales para las elecciones bonaerenses del 7 de septiembre. Consideró que la práctica no está prohibida -ni contemplada- en la Ley y que, por lo tanto, no es ilegal.

Sostuvo, no obstante, que la falta de normativa deja al votante desprotegido y genera una debilidad en el proceso electoral, e instó al Poder Legislativo Provincial a regular sobre el tema.

La presentación que fue rechazada este jueves la había realizado la abogada Silvina Martínez con la finalidad de impugnar supuestas candidaturas testimoniales para los comicios que se llevarán a cabo el 7 de septiembre en la Provincia de Buenos Aires.

En su escrito, la abogada había considerado que las postulaciones de candidatos que en caso de ser electos no asumiesen los cargos «podrían lesionar el principio de buena fe electoral y el derecho ciudadano a un voto informado y genuino”.

“Engañan al elector al momento de votar, dándoles una opción falsa”, había apuntado la letrada en su escrito, en el que citó los casos de varios funcionarios provinciales que se postularon, pero, dijo, no tienen “vocación real de asumir los cargos en caso de resultar electos”.

Entre los funcionarios mencionados por Martínez figuran Mariano Cascallares (Almirante Brown), Jorge Ferraresi (Avellaneda), Mario Secco (Ensenada), Fernando Espinoza (La Matanza).

La decisión de este jueves, que lleva las firmas de la presidenta de la Junta Electoral Hilda Kogan, la vicepresidenta Ana María Bourimborde, y el vocal Eduardo Delbés, planteó que ni de la Constitución Nacional, ni de la Provincial, ni de los tratados internacionales o de la Ley Electoral de la provincia surge ningún elemento «que le permita a la Junta hacer lugar a las impugnaciones planteadas».

En ese sentido, la Junta destacó que la práctica “no es ilegal, por lo que no puede ser observado a priori por ello”.

En ese sentido, se hizo hincapié en el deber de hacer primar el “principio de participación” del derecho electoral y especificó que ante la existencia de dos alternativas, debe optarse por la que m»ejor se adecue a la solución más compatible con el ejercicio de los derechos garantizando la concurrencia a los comicios nacionales de todas las agrupaciones políticas».

«Puesto que el pronunciamiento del poder electoral del pueblo exige plena participación porque es la que le va a proporcionar legitimidad«, agregaron además en la resolución.

La Junta Electoral subrayó que las candidaturas testimoniales son una práctica «disvaliosa»

Sin embargo, también se señaló que, a pesar de no ser ilegal, la práctica resulta disvaliosa para el sistema institucional y que es «éticamente reprochable que una persona se postule para un cargo a sabiendas que no asumirá”; palabras que la Junta ya había pronunciado al resolver una situación similar en el año 2009.

Recordó además que en esa misma resolución de 2009 ya había pedido la intervención de los poderes del Estado para regular el tema y agregó: “Luego de 15 años, no hubo ningún tipo de regulación”.

La Junta Electoral bonaerense expresó en ese sentido que existe una «clara deficiencia legislativa que deviene en una desprotección al elector de la Provincia” y ofreció poner a disposición de la Legislatura a sus equipos técnicos, a fin de asistirla y obtener una regulación similar a la que tienen otros países, con el fin de evitar las llamadas candidaturas testimoniales.

BPO

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