Multas de tránsito: el tiempo que debe pasar para no tener que pagar infracciones

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Este es el tiempo que debe transcurrir para que las multas se extingan en la Provincia y CABA. 

Si un conductor no paga las multas de tránsito dentro del plazo estipulado, puede enfrentarse a diversas consecuencias legales y económicas. Además de acumular intereses y recargos, el infractor podría ver suspendida su licencia de conducir o incluso el embargo de su vehículo.

Las leyes de tránsito en Argentina están establecidas por la Ley Nacional N° 24.449, y dictaminan que las infracciones leves prescriben a los dos años, mientras que las graves lo hacen a los cinco. Sin embargo, cada provincia tiene la posibilidad de ajustar los plazos y las condiciones según su jurisdicción.

Las infracciones en Provincia de Buenos Aires y CABA

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Cada jurisdicción estable sus propios limites a la hora de la prescripción de las multas.

En la Provincia de Buenos Aires, las infracciones de tránsito siguen la normativa nacional, lo que implica que las faltas leves prescriben a los dos años y las graves a los cinco.

Por su parte, la Ciudad de Buenos Aires, no distingue entre faltas leves y graves, ya que según la Ley 451, todas las infracciones prescriben a los cinco años desde el momento de la infracción. Esto resalta cómo cada jurisdicción tiene la facultad de definir sus propios plazos de prescripción, siempre dentro de los márgenes establecidos por la ley.

El tiempo reglamentario que debe pasar para no pagar las multas en cada provincia

  • Mendoza: Las multas de tránsito prescriben a los dos años para faltas leves, tres años para las graves y cuatro años si se consideran «gravísimas» según la Ley Provincial N°9024.
  • Córdoba: En esta provincia, todas las infracciones, sean leves, graves o muy graves, prescriben tres años después de la fecha en que se cometieron, según la Ley Provincial N°9169.
  • Neuquén: Al igual que en la Ciudad de Buenos Aires, todas las multas prescriben a los cinco años de cometida la infracción, independientemente de su gravedad. Este plazo aplica solo en la capital.
  • Entre Ríos: Las infracciones prescriben a los dos años para faltas leves y a los cinco años para las graves.
  • Santa Fe: En Santa Fe no se diferencian las faltas, todas las multas prescriben a los cinco años desde el momento en que se cometieron.
  • San Luis: En esta provincia, las infracciones prescriben a los cinco años.
  • Corrientes: Las multas prescriben a los dos años en Corrientes.
  • Formosa: Las infracciones leves prescriben en un año y las graves en dos.
  • La Pampa: En La Pampa, todas las multas prescriben a los cinco años.
  • La Rioja: La prescripción en La Rioja es de cinco años.
  • Misiones: Las infracciones prescriben a los cinco años en Misiones.
  • Río Negro: Las multas de tránsito prescriben a los cinco años en esta provincia.
  • Salta: Al igual que en otras provincias, las multas prescriben a los cinco años.
  • San Juan: Las infracciones prescriben a los dos años en San Juan.
  • Santa Cruz: Santa Cruz sigue el criterio de la normativa nacional para la prescripción de las multas.
  • Santiago del Estero: Esta provincia también aplica el criterio nacional para la prescripción.
  • Tierra del Fuego: Las multas prescriben a los dos años en Tierra del Fuego.
  • Tucumán: La prescripción de las multas sigue el criterio nacional en Tucumán.
  • Jujuy: Las infracciones prescriben a los cinco años en Jujuy.

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