TEPJF ordena al Comité Judicial reactivar en 24 horas la evaluación de aspirantes para elección de jueces

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TEPJF ordena al Comité Judicial reactivar en 24 horas la evaluación de aspirantes para elección de jueces Crédito: X/@TEPJ_informa

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó el proyecto promovido por la magistrada presidenta Mónica Soto para ordenar al Comité de Evaluación del Poder Judicial reactivar el proceso para la selección de los candidatos que aparecerán en la boleta el próximo 1 de junio.

Con los votos a favor de Mónica Soto, Felipe de la Mata, Felipe Alfredo Fuentes, y en contra de la magistrada Janine Otálora y el magistrado Reyes Rodríguez, se aprobó el proyecto que da un plazo de 24 horas, después de ser notificados, a los miembros del Comité de Evaluación Judicial para que retomen sus actividades. Además, instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos para que presente una denuncia ante la Fiscalía General de la República, derivado del actuar del juez primero de distrito en Michoacán, Sergio Santamaría.

“Quisiera reiterar que en este Pleno se ha resuelto aceptar que no hay duda respecto de nuestras competencias, creo que eso ha sido manifestado por los cinco integrantes, no hay duda que este Tribunal es última instancia en materia electoral y tampoco hay duda respecto de que no podemos obedecer órdenes de autoridades incompetentes, en este caso menores también”, puntualizó Mónica Soto durante la sesión.

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En tanto, el magistrado Felipe Fuentes Barrera criticó que el Comité del Poder Judicial de la Federación cometió un error al suspender el procedimiento, pues no habría una base jurídica para hacerlo. Alegó que el juez de distrito de Michoacán intentó imponer una norma jurídica individualizada por encima del mandato constitucional.

“La base jurídica de la que parte el Comité del Poder Judicial de la Federación para suspender el procedimiento correspondiente es incorrecta porque la decisión de un juez de distrito a través de un procedimiento de amparo no puede tener eficacia jurídica en materia electoral. El juez de distrito pretende aplicar una ley por encima del mandato constitucional que tiene esta Sala Superior, es más diría yo, pretende imponer una norma jurídica individualizada como es una resolución por encima de lo que mandata la Constitución, afectando desde luego el orden e interés público”, comentó el magistrado Felipe Fuentes Barrera.

Con este fallo, el Comité de Evaluación del Poder Judicial tendría poco más de una semana para concluir con el procedo de evaluación que consiste en las entrevistas de los aspirantes, después del 31 de enero tendrán que presentar el listado de los candidatos ante el Senado de la República.

En caso de no acatar la resolución del TEPJF podrían recibir una sanción de acuerdo con lo establecido en el artículo 32, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Material Electoral. Que va desde una amonestación, una multa de cincuenta hasta cinco mil veces la Unidad de Medida de Actualización o Arresto hasta por treinta y seis horas.

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