El Gobierno busca congelar el sueldo de diputados y senadores

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Tras las polémicas por los aumentos en las dietas de los legisladores durante los últimos meses, un diputado libertario presentó un proyecto para regular y transparentar las dietas de diputados y senadores que busca, entre otras cosas congelar los aumentos por un año.

La iniciativa va en línea con la embestida del presidente Javier Milei contra la casta política -especialmente contra los integrantes del Congreso- y en pos de reducir los gastos en el Estado para lograr el déficit cero.

Según el proyecto, se trata de «reducir la brecha entre lo que ganan los legisladores nacionales y los ingresos de otros sectores de la sociedad» y propone para ello que los aumentos posteriores se establezcan mediante la misma fórmula de movilidad que las jubilaciones, basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

De acuerdo a la iniciativa del diputado de LLA por Tierra del Fuego, Santiago Pauli, se establece que un porcentaje de las dietas sea abonado en Bonos del Estado Nacional, alineando los incentivos de los legisladores con la salud económica y fiscal del país.

Para Pauli, el proyecto busca promover «responsabilidad, austeridad y una gestión pública comprometida con la realidad de los argentinos. Si los diputados y senadores perciben las consecuencias de sus decisiones directamente en su bolsillo, tendremos un país mejor».

¿Cómo se compone el sueldo de los legisladores nacionales?

Los legisladores nacionales tienen un sueldo que se compone de una «dieta» o salario básico, que se actualiza por las paritarias de los empleados legislativos, una suma adicional por gastos de representación, un monto fijo determinado por la Presidencia de cada Cámara y un dinero específico para gastar pasajes (20 aéreos y 20 terrestres de un tramo determinado) que, si no lo usan, pueden recibir en efectivo.

Por ejemplo, si un legislador vive a más de 100 kilómetros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, percibe un plus por «desarraigo», el cual se calcula como el 14,2% del total de su dieta y gastos de representación.

Las remuneraciones de los empleados legislativos se determinan multiplicando la cantidad de módulos establecidos para cada categoría por el valor de la unidad de módulo.

Así lo establece la Ley 24.600, en sus artículos 18 y 24. Por eso, en las paritarias, lo que se negocia es el monto de esos módulos, que termina repercutiendo en los ingresos de todo el personal legislativo.

En ese sentido, el Senado aprobó en mayo pasado un proyecto de resolución que establece que las dietas equivalen a 2.500 módulos.

Desde mayo de 2024, cada módulo equivale a $1.966,79. Además, el texto establece que los senadores cuentan con 1.000 módulos por gastos de representación, más un adicional de 500 módulos por desarraigo.

Esa votación quedó envuelta en un manto de sospechas en las que se vio involucrado el senador nacional del radicalismo, Martín Lousteau, quien fue acusado de levantar la mano disimuladamente a la hora de votar la modificación salarial.

Con esa modificación, un senador que vive a más de 100 km de la CABA tiene un ingreso bruto de $7.867.160, mientras que aquellos que no cobran desarraigo ni gastos de representación perciben $ 4.916.975 brutos.

La decisión de los Senadores de aumentarse los salarios fue en contra de la premisa del presidente Milei, que no solamente retrotrajo los incrementos en el Poder Ejecutivo, sino que le reclamó que hicieran lo propio en el Congreso a Villarruel y a su par en Diputados, Martín Menem.

Los sueldos de los diputados

A diferencia del Senado, Diputados no llevó el tema de las dietas al recinto. De acuerdo a la página web de la Cámara baja, en bruto, un diputado percibió en marzo de 2024 $2.150.131, más $163.388 por gastos de representación, en caso de que correspondiera. En total, $1.570.180 de bolsillo aunque la publicación está desactualizada.

La dieta de los diputados, a partir de agosto pasado fue de $4.130.259 brutos pero habrá que ver si los gastos de representación vuelven a actualizarse y, de ser así, en cuanto.

Los sueldos de los legisladores superan al promedio del sector privado

Hasta el momento, la dieta de un senador equivale a un poco más de 22 salarios mínimos vitales y móviles (SMVyM) –ubicado en $234.315– mientras que la de un diputado representa casi 18 SMVyM.

Asimismo, si se toma como parámetro el promedio de los salarios del sector privado, que en abril se ubicó en $1.019.621, según datos oficiales, la dieta de un senador equivale a 5 salarios promedios. La de un diputado, por su parte, es igual a 4.

Javier Milei redobló su embestida contra el Congreso

En medio del escándalo por el caso del senador Edgardo Kueider a quien se encontró con más de 200 mil dólares sin declarar, Milei volvió a la carga contra l Congreso.

Esa situación dio lugar a una batalla contra la oposición en el plano legislativo, ya que mientras Unión por la Patria pretende tratar la destitución del legislador liberal, el presidente replicó una imagen que lo representa fumigando a las «ratas» en el recinto.

Por su parte, los libertarios contraatacaron y sugirieron que llamarán a tratar la remoción de todos los legisladores que tengan causas judiciales abiertas, siendo el caso de un nutrido puñado de senadores y diputados del kirchnerismo.

Con esa disputa aún sin saldar, Milei retuiteo una imagen hecha con inteligencia artificial, fiel al estilo de sus seguidores que representa a un humano con cabeza de león fumigando el Congreso, mientras un grupo de ratas intenta huir.

A ese escenario se sumó el vocero Manuel Adorni, que había publicado una encuesta, también en Twitter, preguntando a los usuarios si estaban o no a favor de destituir a todos los legisladores con causas judiciales.

La respuesta de los trolls consistió en instalar el hashtag #AFumigarElCongreso, especialmente promovido por Daniel Parisini, también conocido como Gordo Dan.

Los detalles del proyecto de LLA

ARTÍCULO 1º – La presente ley tiene por objeto establecer el modo de remuneración y la actualización correspondiente a la dieta de los legisladores nacionales

ARTÍCULO 2º – Los sujetos alcanzados por la presente ley son únicamente los legisladores nacionales, Diputados y Senadores, no siendo alcanzado el personal del Congreso Nacional, cualquiera sea su condición de revista.

ARTÍCULO 3º – Derógase la Ley 22.994, que establece el régimen de remuneraciones para los legisladores nacionales.

ARTÍCULO 4º – Dispóngase el congelamiento de las remuneraciones que perciban por todo concepto los legisladores nacionales por el término de un (1) año desde la entrada en vigencia de la presente ley.

ARTÍCULO 5º – Las remuneraciones de los legisladores nacionales, en carácter de dieta y compensación por gastos de representación, serán actualizadas de acuerdo con los incrementos de las prestaciones jubilatorias del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), aplicando la fórmula de movilidad dispuesta en el artículo 32 de la Ley N.º 24.241, conforme lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia N.º 274/2024.

ARTÍCULO 6º – En ningún caso las remuneraciones de los legisladores podrán actualizarse en un porcentaje superior al de las prestaciones jubilatorias mencionadas, ni podrán ser aplicados tramos de aumentos con mayor frecuencia que los previstos para las jubilaciones.

ARTÍCULO 7º – Facúltase a los presidentes de ambas Cámaras del Honorable Congreso de la Nación a establecer un porcentaje de la remuneración de los legisladores nacionales que podrá ser liquidado en bonos del Estado Nacional.

ARTÍCULO 8º – La presente ley entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 9º – De forma. Comuníquese al Poder Ejecutivo 

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